- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los Vendedores y Compradores
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de venta.
- En caso actuar a través de apoderados o en representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por SUNARP.
- Impuesto Predial del inmueble (Autovalúo) que incluye: Declaraciones Juradas HR y PU o PR, y el Recibo de Pago de los cuatro trimestres del año de la transferencia.
- Impuesto al Alcabala de ser el caso o Constancia de exoneración o inafectación.
- Impuesto a la Renta, de ser el caso.
- Si se va utiliza un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) hacer llegar copia del cheque o del cupón del depósito.
Similares requisitos se aplican a los Contratos de Permuta (debiéndose acompañar la documentación respecto a todos los inmuebles objeto de transferencia), Dación en Pago y otros en los que se transfiera la propiedad de predios.